viernes, 22 de mayo de 2015

Cómo crear una marca


¿Cómo Registrar una Marca en Colombia?


Para registrar una Marca en Colombia hay que seguir una serie de etapas:

Presentación de Solicitud de Registro de Marca

Deberá cumplir con los requisitos formales de presentación. En caso contrario, se ordenará su corrección dentro de sesenta días siguientes a contar de la notificación que informe acerca de esta situación.
¿Qué información o documentación debe presentarse para que la solicitud de registro de la marca esté completa?
  • Formulario diligenciado de la solicitud de registro de marca. El formulario contiene los espacios para incluir la información necesaria para otorgar fecha de radicación y otros que si bien no son completados no son necesarios para tal fin.
  • En caso de ser una marca figurativa, mixta o tridimensional, un arte de 8 cm x 8 cm.
  • Recibo de pago.
  • En caso de actuar por intermedio de apoderado, el poder en el que se haga referencia a una o más solicitudes debidamente identificadas, o a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros del poderdante, sin necesidad de presentación personal, autenticación o legalización.
  • En caso de ser microempresario y desee obtener el descuento por tal calidad, el formulario correspondiente debidamente diligenciado.
¿Cuáles son los requisitos para la solicitud de registro de una marca colectiva?
Los requisitos son los mismos que se tienen para las marcas de productos y servicios; adicionalmente se debe aportar:
  • Una copia de los estatutos de la asociación u organización que solicita el registro.
  • La lista de sus integrantes.
  • La indicación de las condiciones y forma de utilización de la marca sobre los productos o servicios.
¿Cuáles son los requisitos para la solicitud de registro de una marca de certificación?
Los requisitos son los mismos que para las marcas de productos y servicios; adicionalmente se debe aportar:
  • El reglamento de uso de la marca que indique:
  • Los productos o servicios que podrán ser objeto de certificación.
  • Definición de  las características garantizadas por la presencia de la marca.
  • Descripción de la manera en la que se ejercerá el control de las características.
¿Qué información y documentos debe contener la solicitud de registro?
Es indispensable que el solicitante indique de manera clara:
  • Su nombre y apellido (persona natural) o nombre de la empresa (persona jurídica).
     
  • Domicilio y dirección en la cual será notificado.
     
  • La denominación del signo y si el mismo es nominativo, mixto, figurativo, tridimensional, olfativo o sonoro.
     
  • La clase de la Clasificación Internacional de Niza a la cual pertenecen los productos o servicios a identificar.
     
  • Los productos o servicios a identificar.
     
  • Nombre, firma y cédula al final del formulario.
Documentación:
  • Si el solicitante actúa a través de apoderado, deberá anexar el poder. Este poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y  podrá otorgarse mediante documento  privado. Igualmente, es permitido que el poder se refiera a  una  o  más  solicitudes  identificadas, o a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros del titular.  Los poderes no requerirán  presentación personal, autenticación o legalización y  podrán otorgarse mediante documento  privado. No es necesario aportar el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica solicitante de la marca. La SIC  podrá consultar  los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.
  • El comprobante del pago de la tasa única, cancelado en cualquier sucursal del Banco De Bogotá, cuenta corriente No. 062754387 a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio, Código Rentístico 01. La copia del recibo de consignación debe reemplazarse en la Pagaduría de la Superintendencia de Industria y Comercio por un recibo oficial que debe ir anexo a la solicitud.
     
  • Si la marca solicitada es mixta, el formulario debe ir acompañado de un arte de tamaño: 12cm x 12cm.
     
  • Es recomendable pero no obligatorio que las solicitudes físicas de marcas sean presentadas con una carpeta de color amarillo, para ayudar a diferenciarlas de otros trámites como los de nombres y enseñas comerciales o los de patentes. Si el solicitante decide acompañar la solicitud con dicha carpeta, ésta debe contener los siguientes datos: nombre y domicilio del solicitante, marca solicitada,  clase de la Clasificación Internacional de Niza a la cual pertenece y nombre del representante legal o apoderado si es del caso.

 

Examen formal

Una vez aceptada a tramitación y otorgado un número de proceso, la solicitud será enviada al Centro de Documentación e Información a la División de Signos Distintivos, para la revisión formal de ella. Si la documentación se encuentra completa, y la solicitud cumple con los requisitos establecidos en la ley, se enviará la solicitud a publicación. En caso contrario, existirá un plazo de sesenta días para que el solicitante subsane los errores u omisiones que contenga la solicitud respectiva.

Publicación

Se efectúa en la gaceta de propiedad industrial, y tiene por objeto poner a los terceros en conocimiento de la solicitud presentada.

Oposiciones

En caso de presentarse, el solicitante dispondrá de treinta días hábiles para presentar sus alegatos.

Examen de Fondo

Es realizado por la División de Signos Distintivos con el objeto de determinar si el signo pedido es aceptado o rechazado para su registro. Éste examen se practicará respecto de toda solicitud en trámite, siendo indiferente el hecho de haberse presentado o no oposiciones en su contra.

Resolución

Será dictada una vez que se ha culminado con el examen de fondo, y será en todo caso fundada, ya sea que ella conceda o deniegue el registro solicitado.

Impugnación de la resolución

Todo solicitante tendrá el derecho de impugnar la resolución dictada, procediendo contra ella los recursos de reposición y de apelación. La decisión final en estos casos podrá confirmar o revocar el fallo dictado originalmente.

Duración del registro

Aceptada la solicitud, se le asignará a esta marca un número de registro. La duración de este registro de marca será de diez años contados desde la fecha de concesión.



No hay comentarios:

Publicar un comentario